El grabado de autos es obligatorio en provincia

En la provincia de Buenos Aires ya es obligatorio grabar la patente en las autopartes de los vehículos, al entrar en vigencia la Ley 14.497. De esta forma, son cuatro las jurisdicciones del país en las cuales debe acatarse esta medida. Las restantes son la Capital Federal y las provincias de Mendoza y Córdoba.

En estos distritos, resulta obligatorio el grabado del dominio, tanto para las altas de los autos y las motos cero kilómetro, como para las transferencias que involucren a esos vehículos.

En el caso de los autos, el grabado se realizará en el capó, el baúl y las cuatro puertas. En los vehículos de dos puertas, en el parante de la puerta delantera.

En la provincia de Buenos Aires, la norma entró en vigencia según la Ley 14.497, decreto 280 del 2014, que recién rige desde este año y se estima que el grabado de las autopartes costaría estimativamente 500 pesos.

La Ley 14.497 establece la obligación de un grabado indeleble de las tres letras y los tres números del dominio en el capó, el baúl y las cuatro puertas. Los vehículos de dos puertas deberán ser registrados en el parante de la puerta delantera. Se trata de un grabado similar al del motor y el chasis.

En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, el ministro de Justicia y Seguridad, Martín Ocampo, justificó la medida al enfatizar que “es uno de estos elementos que evita delitos más importantes y más gravosos que pueden terminar en delitos de sangre. Un robo de autos con arma puede terminar con lesiones o un homicidio y de esta forma, disuadiendo el circuito económico que genera la venta de autopartes robadas, se hace una buena tarea en términos de seguridad”.

Para el ministro Ocampo, “la mayoría de los delitos, un 99%, tiene una motivación económica. El que roba, roba porque quiere quedarse con un bien que quiere poner en el circuito ilegal y venderlo, pero atrás hay todo un circuito económico”.

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