Como ya es de público conocimiento y con el objetivo de prevenir el Coronavirus, el intendente Gonzalo Peluso firmó hoy un decreto que detallamos a continuación:
Magdalena, 13 de Marzo de 2020.
Decreto N° 317 /2020
VISTO: La propagación acelerada a nivel mundial que está teniendo el virus Coronavirus (COVID-19) y las medidas adoptadas por distintos sectores de la sociedad.
CONSIDERANDO:
Que como resulta de público y notorio conocimiento, el Coronavirus (COVID-19) viene propagándose rápidamente de persona a persona.
Que a nivel mundial ya son más de 114 (ciento catorce) los países afectados por el mencionado virus, con una cifra de infectados que superan los 100.000 (cien mil) casos. Que recientemente la Organización Mundial de la Salud ha declarado el brote de Coronavirus (COVID-19) como pandemia global.
Que a nivel nacional existen personas que ya han sido diagnosticadas con el referido virus.
Que en ese sentido, en aras de proteger la salud pública se están adoptando medidas en distintos sectores de la sociedad, como por ejemplo, la suspensión de eventos deportivos, culturales y sociales, la licencia laboral con goce de haberes para personas provenientes de otros países y el dictado de protocolos específicos por parte de los Ministerios con competencia correspondiente, entre otras.
Que no escapan a estas consideraciones, que a nivel local y dado la época del año, existen eventos a desarrollarse en el corto plazo que implican una importante concentración de personas.
Que en base a ello, deviene en esencial establecer una decisión que colabore con disminuir los niveles de expansión del virus.
Que en el marco de las facultades legalmente atribuidas (arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional, arts. 190 y cctes. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 1, 107, 108 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades) resulta necesario el dictado de este acto administrativo.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
Artículo 1°: Adhiérase al DECRETO N°132/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en todos sus términos.
Artículo 2°: Suspéndase hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, todo evento masivo organizado por el Municipio de Magdalena o que organizado por terceros requiera habilitación, autorización o permiso municipal, como así también toda actividad social, educativa, deportiva y cultural municipal que implique la concurrencia de población de riesgo.
Artículo 3º: Suspéndanse los procedimientos administrativos que se estén llevando adelante como consecuencia de los eventos y actividades mencionados en el artículo anterior.
Artículo 4º: Dispóngase que las oficinas deberán evitar la presencia simultánea de numerosas personas.
Artículo 5º: Crease el registro de personas que viajen o hayan viajado a los países confirmados de coronavirus.
Artículo 6°: Instrúyase a la Dirección de Salud, a llevar a cabo todas las acciones que considere necesarias a los efectos de concientizar y prevenir a la población respecto de los alcances y efectos del Coronavirus (COVID-19).
Artículo 7°: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno
Artículo 8°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese