La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires implementó un nuevo régimen de Ingresos Brutos simplificado. La medida contempla la exclusión de los sistemas de retenciones y percepciones a un millón de monotributistas bonaerenses que dejarán de pagar los adelantos vinculados a dicho impuesto.
¿Quiénes pueden acceder? Las y los contribuyentes monotributistas (locales) que operen sólo en provincia de BS AS, quienes podrán unificar pago de Monotributo e Ingresos Brutos.
Quienes adhieran al nuevo sistema, dejarán de pagar anticipos de IIBB y quedarán afuera de los regímenes de retenciones y percepciones.
Tampoco deberán presentar declaraciones juradas ante ARBA, y tendrán la ventaja de pagar en una sola cuota fija mensual (tanto Monotributo como Ingresos Brutos).
El régimen es voluntario y flexible, quienes adhieran tendrán la posibilidad de salir y volver al sistema anterior si estiman que es de su preferencia.
Se puede pagar al contado o en 3 y hasta 18 cuotas mensuales, sin interés de financiación.
Incluye un período de gracia de hasta dos meses desde el acogimiento hasta que se realiza el primer pago.
El 60% de contribuyentes de Ingresos Brutos son monotributistas. (Información recuadro)
Cantidad de Monotributistas en La Plata y la zona:
La Plata: 62.183
Berisso: 4.784
Ensenada: 2.671
Brandsen: 1.581
Magdalena: 1.067
¿Cómo hacer para adherir? El trámite ya se puede realizar vía web a través de un micrositio que ofrece ARBA en su web https://www.arba.gov.ar/IBSimplificado/ , con CUIT y clave de identificación tributaria (CIT).
Para contribuyentes de IIBB: ARBA implementó además, un nuevo plan con facilidades para contribuyentes que hayan visto afectada su actividad económica por la pandemia.
-Podrán regularizar deudas de Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural, vencidas en 2021.
-El plan de pago estará abierto hasta el 31/10 (es para impuestos vencidos entre el 1/1/21 al 31/8/21).
-Inmobiliario y Automotores: contribuyentes de IIBB pueden cancelar las deudas correspondientes a bienes que se encuentren asociados a su CUIT.