Masacre de Magdalena: piden una dura pena para una penitenciaria que había sido absuelta

Un pedido de 15 años de prisión recayó sobre la penitenciaria María del Rosario Roma por los hechos ocurridos en el año 2005 en la cárcel de Magdalena donde murieron 33 internos por un incendio. La audiencia de cesura del juicio oral estuvo a cargo del Tribunal Oral Criminal III de La Plata con un atendible planteo de la defensa.

En el debate oral realizado en agosto de 2017 en La Plata Roma fue absuelta, pero esa resolución fue revocada por una sala del Tribunal de Casación bonaerense que ordenó se dicte una nueva sentencia por el delito de “abandono de personas seguido de muerte y abandono de personas seguido de lesiones”.

La fiscal Leyla Aguilar requirió que la penitenciaria reciba la misma pena que el resto de los condenados: 15 años de prisión, solicitud que fue avalada por el resto del bloque acusatorio, encabezado por la abogada Sofía Caravelos.

El defensor particular Darío Saldaño se opuso a ese monto de la pena y solicitó que se aplique una pena de ejecución condicional por los delitos de lesiones. El abogado entiende que su asistida presentan cuatro «rasgos de vulnerabilidad: mujer, homosexual, obesa y discapacitada». También resaltó que ya lleva “casi 20 años de proceso”.

“La justicia, para no ser cruel, debe ser acompañada de equidad”, señaló el abogado y citó una amplia jurisprudencia al respecto. Antes había referenciado que su asistida “se casó, formó una familia, nunca fue sumariada” y que no tiene antecedentes penales.

En sus últimas palabras la acusada expresó: “Espero que Dios los ilumine, espero terminar con esta pesadilla desde hace 19 años”.

El adelanto de veredicto se conocerá el próximo martes 6 de agosto, al mediodía. Una semana más tarde se informarán los fundamentos, establecieron los jueces Santiago PaoliniErnesto Domenech y Cecilia Sanucci.

La acusada fue acompañada en la audiencia por varios integrantes de la familia penitenciaria que le hicieron llegar su apoyo de manera presencial y en respetuoso silencio durante la audiencia.

El caso que se investigó en La Plata

En el año 2001 en la provincia de Buenos Aires se declaró la emergencia de seguridad y penitenciaria. Las medidas de política criminal y la respuesta judicial derivaron en una situación de sobrepoblación crítica.

En este marco, la Provincia empezó a construir los llamados «módulos de bajo costo», para ampliar la capacidad del sistema penitenciario bonaerense. En Magdalena se construyeron módulos que alojaron personas, a pesar de no estar aptos para ello, debido a serias deficiencias en seguridad. Las responsabilidades políticas por esas construcciones deficitarias nunca fueron juzgadas.

El 15 de octubre de 2005, domingo Día de la Madre, se produjo un incendio, la red de agua no funcionaba, tampoco los matafuegos.

De los 58 internos -solo dos con condena- 33 murieron por la inhalación de gases tóxicos y quemaduras graves en sus cuerpos.

El Tribunal decidió condenar tan solo a quien estaba a cargo de la apertura y cierre de puertas, a quien estuvo a cargo del operativo represivo y al jefe de la Unidad.

La lista de condenados y absueltos

Los condenados son el exdirector de la Unidad, Daniel Oscar Tejeda, el entonces jefe de guardia Raimundo Héctor Fernández y el oficial a cargo, Rubén Alejandro Montes de Oca.

Fueron absueltos en primera instancia Cristian Alberto Núñez, Carlos Augusto Bustos, Mauricio Alejandro Giannobile, Jorge Luis Martí, Gualberto Darío Molina, Maximiliano Morcella, Gonzalo Rafael Pérez, María del Rosario Roma (luego condenada en Casación), Juan César Romano, Marcos David Sánchez, Juan Emiliano Santamaría, Marcelo Fabricio Valdiviezo, Eduardo Gabriel Villarreal y Juan Eduardo Zaccheo.

Raimundo Héctor Fernández fue condenado a 25 años de prisión por considerarlo penalmente responsable de los delitos de «homicidio simple» y «tentativa de homicidio simple cometidos con dolo eventual» contra los 33 detenidos que murieron esa noche. Pero la Sala I de Casación bonaerense (con votos de los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral) reencuadró el caso como «abandono de persona seguida de muerte» y aplicó una pena sustancialmente menor: 15 años.

En la misma resolución anuló la absolución de María del Rosario Roma por el delito de «abandono de persona seguida de muerte» y ordenó a los jueces a cargo del debate oral que apliquen la condena.

Por los mismos delitos, Rubén Alejandro Montes de Oca, quien estaba encargado de la apertura y el cierre de las puertas, fue condenado a 10 años de prisión. Además, el Tribunal condenó a quien en ese momento era jefe de la Unidad, Daniel Tejeda, a la pena de 5 años de prisión por el delito de estrago culposo. Esas condenas fueron ratificadas en Casación y La provincia de Buenos Aires firmó un acuerdo de solución amistosa por el caso en estrados internacionales.

Fuente: 0221.com.ar

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