La justicia penal de La Plata prohibió ayer el ingreso de presos a las unidades carcelarias 1 de Olmos y 28 de la localidad de Magdalena debido a que no cumplen con los estándares constitucionales de condiciones dignas de detención. La medida, que rige por 120 días, exige además al Ministerio de Justicia y al SPB la provisión de colchones y que se suprima el descanso en el suelo.
El juez de Ejecución Penal de La Plata, Nicolás Villafañe, ordenó en su fallo que no ingresen, por un plazo de 120 días, nuevas personas a esos establecimientos carcelarios, aunque haya posibles egresos de personas privadas de libertad que se encuentren allí alojadas.
También ordenó al ministerio de Justicia bonaerense y al Servicio Penitenciario provincial “la provisión de colchones acordes a la cantidad de personas privadas de libertad que son 2.997 en Lisandro Olmos y 1.407 en Magdalena”.
En su resolución, exigió además que “se suprima el descanso en el suelo, sin colchones, sin camastros o a la espera de turnos para el descanso”.
Pidió además que remitan los informes criminológicos que resulten positivos o convenientes referidos a posibles derechos de libertad o regímenes abiertos.
Villafañe advirtió que la medida “debe ser de cumplimiento inmediato bajo apercibimiento de aplicación de sanciones pecuniarias, compulsivas y progresivas”.
Fuente: Télam