Vecina de Magdalena incentiva por redes a denunciar a familiar de un infectado por Covid19

El hecho generó la reacción de referentes sociales y políticos que utilizaron las redes para exponer su descontento y exigir la intervención de gobierno municipal.

El Movimiento Ciudadano La Capitana Magdalena, mediante carta abierta al intendente Gonzalo Peluso, exige la pronta actuación para garantizar el derecho a la vida. De igual manera piden a la comunidad que denuncien a quienes exhiben fotos o datos de pacientes con Covid 19.

Hace poco el caso de Daniel Porro el enfermero del Policlínico Ados de la ciudad de Neuquén y el 17 de junio se contagió de covid-19. Quien tras recuperarse de la enfermedad, denunció que el pasado viernes por la madrugada fue atacado por un grupo de vecinos en su casa del barrio Colonia Nueva Esperanza de la capital neuquina, quienes lo golpearon hasta dejarlo inconsciente, robaron su auto e incendiaron su domicilio.

Esto deja al descubierto el desconocimiento de la gente en cuanto a cierta normativa que impide en primer lugar actuar por mano propia ante un descontento que hace utilizar la violencia, como en este caso, o las redes sociales como en Magdalena, donde una vecina descargo su angustia y disgusto ante el deambular de su vecina, esposa de un infectado.

Por lo tanto es importante saber que la identidad de las personas que padecen coronavirus no puede ser revelada, excepto se cuente con el consentimiento explícito del paciente dado que de lo contrario se incurre en un delito grave. 

Así lo disponen las leyes vigentes en la Argentina. Y resto fue analizado y precisado por la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). 

En medio de los temores y la incertidumbre que genera el avance de la pandémica, muchos lectores han recriminado a los medios de comunicación en todo el mundo que identifiquen a los infectados como posibilidad de reaseguro para evitar un acercamiento a esas personas. PUBLICIDAD

Eso no solo no es posible sino que también, al menos en la Argentina, es ilegal. 

La AAIP comunicó que el tratamiento de información referida a la salud es una actividad que debe llevarse adelante con especial cuidado, respetando la privacidad de las personas, de acuerdo a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

En este sentido, la Agencia remarcó algunos de los principios fundamentales de la regulación vigente, en particular referidos a datos personales de salud:

  • Los datos de salud son una categoría de datos sensibles y en consecuencia merecen una protección más rigurosa (artículos 2 y 7 – Ley 25.326).
  • La divulgación del nombre de un paciente que padezca de coronavirus requiere de su consentimiento (artículo 5 – Ley 25.326).
  • Los establecimientos sanitarios y los profesionales de la salud pueden procesar y cederse entre sí datos de los pacientes, siempre y cuando cumplan con el secreto profesional (artículo 8 – Ley 25.326).
  • La obligación de secreto profesional subsistirá aun después de finalizada la relación con el paciente (artículo 10 – Ley 25.326).
  • Para usar la información del paciente con fines incompatibles con su tratamiento médico, se debe requerir su consentimiento pleno, libre e informado (artículo 4, inciso 3 y artículo 5 – Ley 25.326)
  • El Ministerio de Salud de la Nación y los ministerios provinciales se encuentran facultados a requerir, recolectar, cederse entre sí o procesar de cualquier otro modo información de salud sin consentimiento de los pacientes, conforme a las competencias explícitas e implícitas que les hayan sido conferidas por ley (artículo 5, inciso 2 b y artículo 11, inciso 3 b – Ley 25.326).

Cualquier persona que considere que su privacidad o sus datos personales están siendo afectados puede realizar una denuncia ante la Agencia.

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