El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) avanza en la implementación de la ley que regula el tratamiento de envases vacíos de productos peligrosos para la salud y el ambiente, mientras aplica sanciones a aquellas empresas que no cumplen con la normativa.
La ley 27.279 promulgada en 2016 se refiere al tratamiento de envases vacíos de «fitosanitarios», nombre técnico de lo que se conoce como agroquímicos, y establece que es responsabilidad de las empresas fabricantes e importadoras gestionar la recolección y el posterior tratamiento de los envases comercializados.
Según informaron desde el OPDS, los restos de producto que contienen estos recipientes los hacen peligrosos para la salud humana y el ambiente, y cuando no se gestionan adecuadamente, estos envases son enterrados, quemados a cielo abierto, arrojados en basurales destinados a residuos urbanos o en cualquier sitio.
En otros casos «son vendidos ilegalmente a acopiadores no habilitados y terminan así en circuitos de reciclado de plásticos comunes, lo que genera presencia de agroquímicos en productos elaborados con plástico reciclado como vasos, cubiertos descartables o juguetes».
En 2019 fueron más de 70 las empresas agroquímicas que comercializaron poco más de 13 millones de envases de plástico en el sector productivo agropecuario de la provincia de Buenos Aires.
La Ley Nacional 27.279 es la única ley del país de «Responsabilidad Extendida del Productor», y obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases
De este volumen total, la cantidad de envases recuperados en 2020 fue del 8%. A su vez, más de 30 empresas se encuentran en falta por no haber presentado su declaración jurada anual indicando la cantidad de envases de agroquímicos puestos en el mercado provincial en 2019.
La Ley Nacional 27.279 es la única ley del país de «Responsabilidad Extendida del Productor», y obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases.
Este sistema debe ser aprobado por la autoridad competente, el OPDS en el caso de la provincia de Buenos Aires.
Para cumplir con la normativa las empresas deben formular un plan de gestión que incluye la construcción y administración de Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT), donde se deben recepcionar los envases vacíos de fitosanitarios.
A las empresas que adhirieron a sistemas de gestión e incumplieron reiteradamente los cronogramas y compromisos, se suman otras más de 200 pequeñas y medianas empresas fabricantes e importadoras de productos agroquímicos que no acreditan sistema de gestión, lo que impide a las autoridades tener el registro de envases comercializados.
Para cumplir con la normativa las empresas deben formular un plan de gestión que incluye la construcción y administración de Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT), donde se deben recepcionar los envases vacíos de fitosanitarios.
El OPDS informó que envió cartas documento a 107 empresas que estuvieron o están adheridas a un sistema de gestión de envases vacíos aprobado, que están siendo infraccionadas por el incumplimiento de la normativa vigente.
Luego del descargo que realizaron ante el organismo, se definió el tipo de sanción y el monto de las multas correspondientes según cada caso.
El organismo provincial explicó que continuará con el procedimiento para notificar a las más de 200 empresas que no acreditan sistema de gestión, y sostuvo que «es la primera vez que se notifica y sanciona a empresas fabricantes e importadoras de fitosanitarios en el territorio nacional».
Del otro lado, desde la organización CampoLimpio, integrada por 99 empresas que se han adherido al Sistema para recuperar los envases vacíos de fitosanitarios, argumentaron que hay «demoras en la habilitación» de nuevos centros de acopio de los envases.
Mediante un comunicado, manifestaron que sin las habilitaciones de los CAT «es imposible incrementar la recolección», y consideraron que «las sanciones impuestas carecen de fundamento y estarán siendo apeladas».
Fuebte: Telam 30/4/2021