Magdalena Urbana

La Dirección de Cultura creó el Registro de Artistas y Bandas Musicales de Magdalena

Dialogamos con Sebastián Fleitas quien nos comentó que el Registro de Artistas Locales se formó con el fin de generar una nueva herramienta que contribuya al desarrollo de nuestra comunidad artística, ampliando los espacios de expresión del distrito y promoviendo la acción conjunta entre los diferentes actores que la conforman.

RESOLUCIÓN HCD 1271/20

VISTO: Que el arte y especialmente la música es parte fundamental de la cultura de las comunidades y en particular Magdalena, que los músicos son productores, difusores y potenciales promotores, dentro y fuera de la ciudad, de la cultura magdalenense, y


CONSIDERANDO:

Que desde la Municipalidad de Magdalena se vienen llevando a cabo acciones importantes que tienden a la profesionalización del arte en todas sus expresiones, que incentivan fuertemente el desarrollo personal de los artistas, como por ejemplo la participación de los músicos en los espectáculos locales que se desarrollan en los distintos
festivales.

Ante la difícil situación que atraviesan los músicos por la falta de trabajo y la suspensión total de sus actividades culturales, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio debido a la pandemia por el Covid-19.

Que como consecuencia de las restricciones de la cuarentena muchos artistas locales se han visto forzados a suspender todas actividades en vivo, dictado de clases particulares, grabaciones, ensayos, etc.

Que es necesario que desde el estado se generen herramientas que les
permitan a los músicos continuar con su crecimiento artístico, promocionando sus obras, promoviendo su desarrollo y colaborando con la difusión

Que por ello desde la Municipalidad de Magdalena se creó el Programa
Cultura Digital, y es necesario que los medios locales acompañen la propuesta, teniendo en cuenta el rol fundamental que cumplen en tiempos de pandemia.

Que en la ley 22.285 capítulo II, artículo 14, de radiodifusión nacional se fijan los objetivos, políticas y bases que deberán observar los servicios de radiodifusión; la cual tiene como objetivo servir al enriquecimiento de la cultura y contribuir a la educación de la población.

Que además según la Ley 26.522 artículo 65 inciso c, de regulación de los
servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina, establece que en poblaciones como la ciudad de Magdalena se deberá emitir un mínimo del diez por ciento (10%) del tiempo de difusión de música de producción local independiente.
Que vemos con agrado la posibilidad de acercarles a los vecinos por medio
de la radiodifusión y todo tipo de medios, las propuestas musicales y artísticas que se generan y producen en la ciudad.

Que los artistas locales desarrollan un trabajo cultural muy importante en
nuestra ciudad que es necesario revalorizar y estimular para lograr potenciar dichas actividades.

Que es fundamental que los medios del Distrito de Magdalena difundan la
música local, ya que esta representa una de las variables por las cuales se distribuye la recaudación por derechos intelectuales en este momento crítico para alguno de ellos, además de contribuir fuertemente a la difusión de nuestros artistas locales.

Que la dirección de Cultura formará una base de datos y se las facilitará a los medios de comunicación del Distrito.

Que por ello es importante que se promuevan y difundan diferentes obras de artistas locales entendiéndose como toda persona solista o grupo musical, que interpreta y/o
compone de manera instrumental y/o vocal, cualquier obra musical con omicilio legal en la ciudad de Magdalena.

POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona lo siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°: Invitar a los medios de comunicación locales a que amplíen el espacio dedicado a la difusión y promoción, tanto en la realización de entrevistas, micros especiales
y/o aumentando la cantidad de reproducción de canciones y propuestas de los artistas locales.
ARTICULO 2°: La dirección de Cultura deberá arbitrar los medios necesarios para incluir a todos los artistas locales dentro del alcance de este proyecto (convocatoria y control), confeccionando una base de datos la cual debe ser informada a los medios locales y a la comunidad.
ARTICULO 3°: Comuníquese a través del área de Cultura y Prensa Municipal a todos los medios de comunicación de la Ciudad de Magdalena.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 15 DE JULIO DE 2020.
Registrado bajo el No 1271/20.-

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